martes, mayo 21, 2024
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Panamá incumple los fallos internacionales

Panamá. Al Estado panameño, desde el año 2006 a la fecha, se le han presentado unas 474 peticiones ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), según datos estadísticos de este organismo internacional.

Estas peticiones se han hecho por violaciones a los derechos civiles y políticos establecidos en la Convención Americana sobre los Derechos Humanos, de la cual Panamá es miembro junto a otros 31 países.

De esta cantidad de peticiones, el Estado panameño mantiene unas siete sentencias en su contra por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Estas sentencias son específicamente en los casos Baena, Ricardo, caso Heliodoro Portugal, caso Tristán Donoso.

También fue condenado en los casos Vélez Loor y en el de los Pueblos Indígenas Kuna de Madungandí y Emberá de Bayano y sus miembros.

Además de estos casos, se ha recibido sentencias internacionales a través del Sistema Universal de Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas (ONU), como lo fue en el caso del expresidente de la República, Ricardo Martinelli, donde el Grupo de Trabajo sobre las Detenciones Arbitrarias de este organismo declaró ilegal su detención realizada por parte de las autoridades.

Este grupo señaló que el Estado panameño tenía que corregir las ilegalidades cometidas por algunos fiscales en contra del exgobernante y tenía que repararle el daño causado a través de una indemnización. Algo que hasta la fecha no ha sucedido.

Recientemente, la defensa del exmandatario anunció que acudirá nuevamente a instancias internacionales a denunciar una serie de irregularidades a la que está siendo sometido otra vez su defendido. Este mismo Grupo de Trabajo de la ONU, a inicios de este año, declaró ilegal la privación de libertad y ordenó la inmediata liberación de Mauricio Cort.’

En una resolución de 85 artículos, el Grupo de Trabajo pidió al gobierno de Panamá adoptar las medidas necesarias para remediar la situación de Cort sin dilación, con medidas conforme a las normas internacionales pertinentes.

El Grupo de Trabajo consideró que, teniendo en cuenta todas las circunstancias del caso, el remedio adecuado sería poner a Cort y García inmediatamente en libertad y concederle el derecho efectivo a obtener una indemnización y otros tipos de reparación. Algo que tampoco se ha hecho.

Fuente: Panamá América.

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